España: Registro abierto para criptotransacciones y proveedores de carteras de seguridad

En la carta

Como resultado de la implementación tardía en España de las 5 pautas de AML, el registro de los intercambios de criptomonedas y los proveedores de billeteras custodias en el Banco de España se ha implementado recientemente.

Desde finales de octubre de 2021, el proceso con el que Fiat y los Guardianes del Servicio de Monedero Electrónico deben solicitar el registro como Proveedores de Transferencia de Moneda Virtual ya está disponible en el sitio web del Banco de España, según lo dispuesto en la Ley 10 /. Financiamiento para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Terrorismo, de fecha 28 de abril de 2010.


  • Personas físicas o jurídicas que presten o presten dichos servicios en España.
  • Estos servicios son prestados por personas físicas cuando el centro o administración de estas actividades se encuentra en España, independientemente de la ubicación de los destinatarios del servicio.
  • Las personas jurídicas establecidas en España prestan estos servicios, independientemente de la ubicación del destinatario.

(i) la obligación de registrarse se aplica a todas las personas mencionadas que prestan servicios para convertir moneda virtual en moneda fiduciaria; O (ii) la protección de los servicios de billetera electrónica, independientemente de otros registros en el Banco de España o con otras autoridades competentes (por ejemplo, si ya está registrado como banco o empresa de pago para la prestación de servicios en el extranjero).

A diferencia de otras jurisdicciones europeas, no existe la obligación de solicitar el registro de una empresa local o sucursal en España. Es posible registrar otra empresa de la UE que preste servicios transfronterizos dentro de España.

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Se aplicará una regla provisional a los proveedores de servicios de cifrado que ya estén activos en el mercado español antes del 29 de abril de 2021. Dichos proveedores pueden continuar sus operaciones pero deben registrarse en el Banco de España antes del 29 de enero de 2022.

Este plazo es muy complicado y el banco español tiene tres meses para tramitar la solicitud.

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